El
Parlamento en España, llamado Cortes Generales está formado por El Congreso de
los Diputados y por el Senado, que representan al pueblo español. Al Congreso
se le denomina Cámara Alta y al Senado Cámara Baja. La función actual del
Senado es participar en la elaboración de las leyes, aprobar los presupuestos y
controlar al Gobierno.
Sin embargo
el Parlamento español no siempre ha sido así. A lo largo del siglo XIX ha tenido
importantes cambios que han afectado a ambas Cámaras, pero únicamente se va a
analizar el Senado, cuyas funciones y composición a lo largo del siglo XIX ha
dependido de lo que recogían las diferentes Constituciones que se hicieron en
estos años.
Las primera
Constitución de Cádiz en 1812 reconoció el derecho a voto de los hombres,
estableció la soberanía nacional y un parlamento con una sola cámara, el
Congreso, y no había Senado. Estas Cortes estuvieron vigentes hasta 1814, año
en que Fernando VII, el rey de esta época, restableció la monarquía absoluta, y
renacieron de 1820 a
1823, en el llamado trienio constitucional.
Esta
Constitución duró muy poco y se restableció en 1834 mediante el Estatuto Real,
una especie de Constitución que volvía a nombrar a las Cortes como
representantes de la soberanía nacional. Por primera vez aparecían divididas en
dos cámaras: el Estamento de Próceres y el Estamento de
Procuradores.
El Estamento de Próceres sería el primer Senado Español.
El
Estamento de los Próceres tenía función legislativa, junto con el Estamento
de Procuradores, pero el primero
teniendo en cuenta los intereses morales de la sociedad.
Los
Próceres estaban formados por la nobleza, el alto clero y las “nuevas
aristocracias”.
A pesar de
sus limitaciones este Estatuto permitió en la práctica que se desarrollase la
vida parlamentaria. Estuvo vigente tan solo dos años.
Bajo el
reinado de Isabel II, las Cortes fueron convocadas con el propósito de
restablecer la
Constitución de 1812, y ante la dificultad práctica de este
objetivo, aprobaron un nuevo texto, la Constitución de 1837, denominada progresista, más
reducida y simple.
Según esta
Constitución, las Cortes se componían de dos cámaras, la Cámara Alta que por primera vez se denomina el Senado y
la cámara baja, el Congreso de los Diputados. Estos nombres se mantendrán en
todas las Constituciones del siglo XIX.
Las dos
Cámaras tenían la función de legislar, junto con el Rey, que también conservaba
el poder ejecutivo y ambas debían aprobar anualmente el presupuesto de gastos
del Estado. El Senado se encargaba de revisar las leyes que hacía el Congreso.
Los
senadores eran nombrados por el Rey y también al Presidente y Vicepresidente
del Senado.
En 1844 se
convocaron nuevas elecciones a Cortes con la misión de reformar algunos puntos
de la Constitución
de 1837. Al final se decidió hacer una nueva, la Constitución de 1845,
muy moderada.
En ella se
eliminó toda referencia a la idea de soberanía nacional y el poder aparecía
compartido entre la Corona
y las Cortes, se suprimió algún derecho, se organizó un Senado más conservador
y dependiente en su composición de lo que el Rey decidiera.
Las Cortes
mantuvieron su función de hacer las leyes y los presupuestos y el Rey mantuvo
casi todo el poder de ejecutivo.
En 1854,
llegó al poder un partido progresista y elaboraron una nueva Constitución
parecida a la de 1837, pero que no llegó a salir y se restableció la Constitución de 1845.
En 1857, se
cambiaron algunos artículos de esta Constitución que afectaron al Senado. Los senadores
dejaron de ser solo de nombramiento real y
pasaron a ser de dos clases: senadores natos y de designación.
En las
décadas posteriores hubo mucha inestabilidad en los gobiernos y enfrentamientos
entre los partidos políticos. Esto llevó a que el ejército se pusiera en contra
del gobierno en septiembre de 1868, se quedó con el poder y se eliminó todo el
régimen constitucional existente, y así empezó una revolución política y
social.
En ese
momento estaba en el poder la
Reina Isabel II, que tuvo que salir del país y se formó un
gobierno provisional que convocó de elecciones para elegir las Cortes.
El texto
resultante, la
Constitución de 1869, fue progresista y democrático.
Se recuperó
la idea de la soberanía nacional y se mantuvieron las Cortes con dos cámaras.
También se reconocía a los dos el derecho de censurar a todo el Gobierno o a
ministros.
Una de las
primeras decisiones que debió afrontar el nuevo régimen fue la elección de un
nuevo rey y en 1870 eligió a Amadeo de Saboya.
Pero seguía
habiendo muchos enfrentamientos políticos y el Rey se vio forzado a renunciar
en 1873, así que las Cortes instauraron la República.
Se hizo un
nuevo proyecto de Constitución, pero seguía habiendo un gobierno inestable, con
cuatro presidentes en menos de un año y acabó con un golpe militar a comienzos
de 1874, se eliminó la
República y se volvió a la monarquía, proclamando nuevo Rey a
Alfonso XII.
Empezó una
etapa conservadora dirigida por el político Cánovas del Castillo, se convocaron
las Cortes y se aprobó la
Constitución de 1876.
Consistió
en un texto breve, conservador, en el que se volvía al poder entre el Rey y la Nación , se mantuvieron unos
derechos, pero fue más restringida que en la Constitución de 1869.
El Senado
volvió a tener un perfil aristocrático.
Esta
Constitución de 1876, y por tanto las Cortes formadas por Congreso y Senado,
estuvieron vigentes hasta 1923, año en que se instauró la Dictadura del General
Primo de Rivera.
En
conclusión, el Senado decimonónico tuvo una composición diversa según las
Constituciones vigentes. En general, los senadores no podían ser designados por
elección, casi siempre era elegido por el Rey entre ciertas clases sociales.
Sus
funciones eran hacer la leyes, controlar al Congreso y hacer presupuestos, casi
siempre con el mismo poder que el Congreso, excepto en las leyes económicas en
las que prevalecía lo que el Congreso decidiese.
El Senado
en el siglo XIX. Orígenes y funciones.
María
Fernández Saiz
Estudiante de secundaria, Colegio La
Paz , Torrelavega (Cantabria)
Imagen
tiempo.es
Para saber
más
Autor:Francisco
González Navarro. Título:La nueva Ley Fundamental para la Reforma política.
Composición de las Cámaras colegisladoras en nuestros textos constitucionales
http://www.mpr.gob.es/servicios2/publicaciones/vol14/pag_06.html
Autor:Anónimo.
Título:El senado en la historia constitucional española.
http://www.senado.es/web/conocersenado/temasclave/historiaconstitucional/index.html
http://www.senado.es/web/conocersenado/senadohistoria/periodosconstitucionales/index.html
Autor:Anónimo.
Título:El pequeño Senado. Historia y sistema político.
http://www.senado.es/pequenosenado/es/med/historia
Autor:Francisco
Astarloa Villena. Título:El Senado en la Historia Constitucional
de España.
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