Todos sabemos que, desde hace tiempo, se instalan en la calle máquinas expendedoras que ocupan suelo público (a veces convirtiéndose en una barrera arquitectónica que impide el libre tránsito). Pero lo que muchos no saben es que algunos de los productos se venden en una dudosa legalidad.
La verdad es que nos hemos acostumbrado tanto a ver nuestras
calles tan repletas de guetos de tabaco, veladores de cafetería y barras de
pinchos en las fiestas, y todo ello para ayudar a nuestra maltrecha economía,
que no solemos reparar en todo ese amplio catálogo de negocios en vía pública
que nos rodean.
En el caso de una ciudad como Torrelavega, podemos hablar de
dos casos; el primero de ellos, corresponde a una máquina expendedora de
bebidas alcohólicas y papel de liar, situada junto a un kiosco del pueblo de
Tanos, en las afueras de la ciudad.
El otro caso, corresponde a una céntrica calle de
Torrelavega, donde la máquina, situada en plena calle peatonal, ofrece una
amplia gama de productos destinados al disfrute sexual, como consoladores,
lubricantes, lencería erótica y demás placeres mundanos, justo a veinte metros
del parque infantil “Torreaventura”, y a 10 de una concurrida terraza, donde
los niños retozan alegremente, ante la desatenta mirada de sus progenitores,
ensimismados en los placeres habituales de un adulto (un cafetito y su cigarrillo).
La pregunta es obvia. ¿Cómo es, que estando prohibida la
adquisición de bebidas alcohólicas y ciertos productos eróticos a menores de
edad, estos se puedan adquirir en plena calle, y por cualquier persona, sin
discriminar edad?. De hecho, cuando dos redactores de enredados pretendieron
acceder al comercio, propietario de la máquina expendedora de utensilios de
disfrute, su responsable nos invitó a no traspasar el umbral del comercio, dado
nuestro carácter de menores, a la vez que, en su presencia, ojeábamos la
maquina y su contenido y echábamos unas moneditas (por motivos estrictamente
periodísticos).
Lo cierto es que en esta cuestión existe un importante vacío
legal. Como nos explicaba el abogado torrelaveguense Leopoldo Pérez del Olmo,
la ley prohíbe la adquisición de ciertos productos a menores de edad (por
ejemplo, alcohol), pero la legislación reguladora de los productos que pueden
ser vendidos en las máquinas expendedoras, únicamente restringe productos de
carácter alimentario y de tabaco, no aclarando las condiciones de lo que
aclaramos. Es más, la mayoría de las normativas sobre usos de la vía pública
son municipales. Ordenanzas que determinan el uso de las vías y plazas para
vados, carga y descarga, paradas de servicios públicos u ocupación (andamios,
por ejemplo), pero en muchos municipios, tampoco existe regulación de estas
máquinas. Ello genera un fraude de ley, al permitirse la adquisición de ciertos
productos, mediante estas máquinas, en el quicio de un local, cuando un metro
más allá, en el comercio del dueño de la máquina, no está permitido.
Un aspecto destacado es el de la salud. Para el sexólogo
Carlos San Martín, está bien este tipo de prácticas si están acompañadas de un
progreso en el tema de la sexualidad, que a día de hoy sigue siendo tema tabú
entre muchos padres e hijos. Puestos así, la curiosidad de un niño ante una de
estas maquinitas puede despertar una reacción de cabreo parental que afecte a
la visión que el niño adopta sobre la sexualidad, de igual manera que convertir
a sus ojos, esa sexualidad, en un elemento mercantil, tampoco es muy formativo.
“Puede que favorezca el acceso a consumidores a los que entrar en una tienda y
pedir, según qué productos les resulta violento, pero es que el punto de venta
de preservativos son las farmacias y no los parques infantiles”. De igual forma
que a la lucha contra el consumo abusivo de alcohol, la venta libre de bebidas
en máquinas de libre acceso, 24 horas, no la ayuda mucho.
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