sábado, 31 de diciembre de 2016

Entre las piernas

Ahí se encuentra el rasgo fundamental que mide y talla nuestros actos, determinando de manera clara, cuales de ellos merecen aprobación, y cuales oprobio.


1848, una pequeña capilla metodista del estado de Nueva York es testigo del llanto liberador de Elisabeth Candy Stanton, una de las heroínas del sufragismo americano, ante el nacimiento de la Declaración de Séneca Falls, la primera que proclamaba al mundo que “La historia de la humanidad es la historia de las repetidas vejaciones y usurpaciones por parte del hombre con respecto a la mujer, y cuyo objetivo directo es el establecimiento de una tiranía absoluta sobre ella”. Quizá entonces no se pensó cuan largo seria aun el camino para conseguir una igualdad que, aun hoy, sigue siendo más un deseo voluntarioso que una realidad, cuando no portada de telediario, en la sección de asesinatos.


2014, el teniente Luís Gonzalo Segura denuncia en la novela “un paso al frente” abusos e irregularidades en el ejército de tierra, la mayoría a mujeres. Es detenido y encarcelado por un delito disciplinario. No porque lo que dice sea falso, si no por decirlo.


Es el punto y aparte de una larga retahíla de agresiones impunes a las mujeres soldado españolas y las denuncias de esos hechos. Un ejemplo, 2008, Pedro Colomino, capitán del ejercito español, aconseja a la soldado Sheila G. que retire una demanda por violación contra su compañero Miguel Ángel M.G., aduciendo que existió una provocación por parte de ella. Los hechos habían ocurrido en 2005. La presunta amistad entre ambos (presunta por cuanto anteponer el apetito sexual al respeto y la dignidad, no casa correctamente con tal concepto) permitía compartir a ambos bromas y tiempos. Tras desplazarse juntos a Torrejón para realizar unas compras y tomar unas cañas, el joven, de camino al cuartel de Hoyo de Manzanares, empujó a su compañera, la tiró al suelo, la penetró a la fuerza y la abandonó en un callejón, como una alimaña, como un trasto inútil ya.


Pero lo relevante para el capitán, y presumo que para otros hombres, dentro y fuera de esa institución, no es el hecho, sino el que el hombre respondiese, en la más pura lógica de un mamífero en celo, a un estimulo de la hembra. Nada más. Y puestos a arreglarlo, nuestro querido Pedro Colomino emplea como argumentación ante la mujer, lo lioso del procedimiento administrativo, una vez dada parte a sus superiores, y las consecuencias del hecho sobre la hoja de servicios del agresor que, en el fondo “es un buen muchacho, que no merece los perjuicios que tales sucesos le podrían acarrear”. Para ella, como es mujer, resulta intrascendente ser violada, humillada y colocada en el pim pam pum público, del que sale como una buscona calienta fusiles.


Y es que todo está entre las piernas, para muchos hombres es el valor y la utilidad de una mujer, la justificación de las acciones que sobre ellas se ciernen por parte del género masculino, y el condicionante de los actos de ellos, incapaces de poseer sentido, y sentir como hombres más allá de su función reproductora.


Contra el teniente Segura y su libro se ha empleado el mismo argumento, una exageración maliciosa.


Hay en todo esto una concepción del sexo, la relación entre iguales y la capacidad de amar, preocupante. Preocupante por cuanto implica un desorden perverso en la conciencia de ciertos individuos, y he ahí donde la ley, y su efecto transformador de la sociedad, muere. La simple posesión de un órgano cilíndrico presupone para algunos hombres una posibilidad de dominio, un elemento capaz de transformar su comportamiento. Lo vemos cuando alguien se pone al volante de un vehiculo, o porta un arma. Y ese concepto, no se corrige con una ley, sino con un largo proceso educativo, que a tenor de lo que se nos presenta, en poco o nada hemos iniciado.


Siempre hablamos de la influencia de los medios, de la perversión que sobre el comportamiento hacen los modelos que transmiten películas, videojuegos o programas del corazón. Pero quizá no tanto reparamos en la influencia de quien, teniendo autoridad, conferida por otros o depositada por toda la sociedad (los militares, por ejemplo), lejos de ejemplificar los valores que esta precisa para sobrevivir o crecer, los pisotea, o alimenta conductas contrarias a la ética natural. No se que me preocupa más en el caso de Sheila, si el calentón de la tropa, o la actuación en frío de su capitán, entregado a echar tierra sobre lo que debería airearse, para escarnio del que cometió el delito, no contra la ley, sino contra la persona.


La historia de Sheila y la persecución al teniente Segura no son extrañas en otras instancias públicas. La altura de la actual vicepresidenta (que además osa en las fotos colocarse junto al Rey), o el apéndice nasal de la presidenta del Congreso, suelen ser objeto de “bromas”, por periodistas y diputados, que más de una vez las han despachado frases repugnantes, nunca oídas sobre compañeros de “casta”, bastante más feos y peor preparados.


Y es que no somos conscientes, como indicaba hace una semana Millás, que la inducción a una clase de estética, a un tipo de mensaje, e incluso de chanza, impulsa, simultáneamente, una clase de cosmos. Jugamos dialécticamente con la vestimenta de las mujeres que ocupan una posición pública, criticando sus vestidos, peinados y poses, sin reparar en más mérito, algo que nunca haríamos con un hombre. ¿Qué por qué?. Porque la historia y el hombre nos han otorgado graciosamente un papel inalterable de objeto, lo cual ensalza, lógicamente, nuestra necesidad de ornato. La fuerza de la historia, y nuestra contumaz persistencia, han obligado al hombre a compartir ámbitos públicos (que no privados, en los que seguimos resignadas a la soledad del esfuerzo) en los que como protector y maestro muestra una proximidad que más presagia domesticación que coparticipación. Una proximidad que se muestra en ese uso ágil y reservado solo a nosotras del nombre de pila. Un gesto útil en la distancia corta para ensalzar la intimidad, la cercanía, la tolerancia paternal con que se acepta nuestra presencia, no nuestro protagonismo o relevancia. Una familiaridad que permite a nuestro capitán asimilar una violación como el resultado aceptable de un coqueteo, y a nuestros políticos la falda de una mujer como lo más interesante de su trabajo legislativo. Lo que mira una mujer, lo que dice una mujer, no se enrasa o escucha igual que en los labios de un hombre. La ambición, profesional o política se entiende en nosotras como un signo negativo representativo de nuestra baja ralea. En un hombre es la condición indispensable para la proyección de su obra, y la dignificación de su virilidad. Todo ello nos obliga a una demostración constante de nuestras habilidades y de nuestras virtudes, en un esfuerzo hercúleo en cada instante, por abrir a codazos un pequeño hueco a donde asir tan solo nuestra sombra, que el cuerpo es mejor no enseñarle.


Es curiosa nuestra fijación por criticar el burka afgano, al menos ellos no esconden con hipocresía sus intenciones.


A la mujer se la tapa sin tapujos. Igual la próxima vez, era cosa de empalar el intestino de un cabo, si este nos guiña el ojo, que algo pretendería con ello, o machacar a burlas las corbatas, los peinados, las camisas o las barrigas de unas cuantas de sus señorías y de nuestros altos jefes castrenses.


Y es que poco han cambiado las mentalidades, que si las leyes, desde que Elizabeth aplaudió la Séneca Falls. Ellas son madres y mujeres antes que nada, y previo a ello, destino pasivo del deseo del varón, que entiende en cada bateo de pestañas, una señal de apertura del portón de la vida. Sin más merito por su parte, ni más utilidad medida. Y todo disponible y solicito al macho, en su rostro, en su pelo, o entre sus piernas, que el cerebro y el alma, siendo femeninos, no cuentan.


Pidamos al nuevo que el desprecio a la mujer y la violencia sobre ella queden en el calendario que ahora tiramos a la papelera.




 Imagen montevideo.com.uy

jueves, 22 de diciembre de 2016

Cantabria presenta el programa educativo "Navidades activas"

Esta semana  el consejero de educación, Ramón Ruiz, ha presentado el programa "Navidad Activa", una oferta lúdico-educativa, en sus palabras "amplia, variada, gratuita y satisfactoria para el público infantil y juvenil durante el período vacacional", que alcanza a 42 Ayuntamientos de Cantabria y que moviliza ingentes recursos de museos, bibliotecas, centros culturales o teatros de la región para ofrecer a los más jóvenes un contenido extra a sus actividades normales.


Se trata, como ha manifestado el titular de la Consejería, de ofertar "una Navidad Activa para que los niños y jóvenes se relacionarse con otros en un espacio diferente al habitual". Esta iniciativa se puso en marcha el año pasado y tuvo una destacada respuesta: cerca de 3.000 chicos y chicas participaron en las distintas actividades.


En esta edición es significativo el crecimiento en la colaboración de los Ayuntamientos, hasta llegar a más de 20 los que aportan las instalaciones de los colegios para actividades durante las vacaciones de Navidad, así como por las actividades complementarias de una decena de AMPAS de la región que llevan a cabo campus, talleres, ludotecas...


En Santander será el colegio Cisneros el que concentre toda la demanda y ofrezca también comedor escolar durante estas fechas. Ramón Ruiz considera que será suficiente, según el sondeo previo realizado entre los centros y habida cuenta de que en este período se intensifican las ayudas externas que reciben las familias en riesgo, no solo por el plan del Gobierno contra la pobreza infantil sino también por las ayudas que reciben de ONGs, Cáritas, Banco de Alimentos, cheques municipales y otras medidas.


42 municipios albergarán alguna de las propuestas diseñadas por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte en centros culturales, bibliotecas municipales e incluso colegios públicos. A ellos se unen las actividades ofrecidas por los museos de Arqueología y Prehistoria de Cantabria (MUPAC), el Museo Marítimo del Cantábrico (MMC), la Filmoteca de Cantabria, la Biblioteca Central y el Museo Etnográfico de Cantabria.


El Museo Marítimo propone una singladura titulada 'Marearte' para niños de 6 a 10 años. Se les proporcionará una guía ilustrada de experimentación artística para que descubran a través de la plástica el patrimonio y la cultura del Cantábrico. Otra actividad programada se sirve de la exposición temporal de los Amigos del Museo para realizar visitas guiadas y talleres sobre la construcción de modelos navales.


El MUPAC ha organizado tres talleres: uno de ilustración creativa, "Mi animalario imaginado'; otro de joyería artística, 'Orfebre por un día', y un tercero de diseño.


La Biblioteca Central de Cantabria organiza un ciclo de "Cine familiar' con proyección de cuatro películas, además de cuentacuentos a cargo de Belén Gutiérrez, talleres de teatro y cine sobre la obra 'Cuento de Navidad', de Dickens, y otro más titulado 'Exponer hacia fuera. Participar en el interior'. Habrá también un ciclo de conciertos didácticos con el nombre de 'Notas al margen', donde tres músicos contribuirán a que niños y jóvenes "pierdan el miedo a tocar música", según ha explicado Marina Bolado, que también se ha referido al furgón-cúpula que divulgará nuestro patrimonio en colaboración con la Fundación Germán Sánchez-Rupérez.


El Museo de la Naturaleza de Carrejo ofrece un taller de "chapas personalizadas" y otro de inventiva denominado 'Animalario'. El Museo Etnográfico de Cantabria, por su parte, organiza talleres a cargo de cuentacuentos que divulgarán las tradicionales de la época navideña y de la tradición oral de Cantabria.


"Navidad Activa" moviliza también los recursos culturales y artísticos de la Filmoteca de Cantabria, con películas en horario matinal y nocturno de cine de animación y clásicos; mientras que la Casa de Cultura de Torrelavega se suma a esta iniciativa con proyección de películas y el circuito de '"avidades en casa de la abuela'" de la compañía Arte en Escena, que recorrerá 15 ayuntamientos.


22 bibliotecas municipales de la región realizarán también una programación complementaria dirigida a la infancia y a la juventud, mientras que el programa 'EnredArte' de la Consejería ofrece estas Navidades un total de 9 espectáculos de magia, danza, teatro y música en 10 ayuntamientos de la región.


La Dirección General de Juventud aporta a "Navidad Activa" una panoplia de actividades que se suman a las ya detalladas. Una de las más interesantes es 'Cantabria en Mural', un proyecto que prevé 12 intervenciones en otros tantos municipios de un profesional ilustrador que realizará un mural/graffiti para una veintena de jóvenes; el resultado será una pieza duradera para cada localidad.


Juventud ha programado juegos de rol para jóvenes de 12 a 18 años en siete municipios de Cantabria, además de una Escuela de radio que viajará por siete localidades para potenciar la comunicación oral y escrita de niños y jóvenes.


La Dirección General de Juventud colabora con varios ayuntamientos en la organización de otros eventos: un taller de videoconsolas y diseño de camisetas en Bezana, un taller de ilustración en la biblioteca de Polanco, otro de robótica en la Casa de Cultura de Suances y una Escuela de Circo en la Casona de Reinosa.



Puedes leer todo el programa, con actividades, fechas y lugares en este enlace

Entrega de premios del concurso "Torrelavega, ¿como la ves?"

Este lunes ha tenido lugar la entrega de premios de la décimo sexta edición del Certamen Fotográfico “Torrelavega, ¿cómo la ves?”, organizado por la Agrupación Municipal Socialista de Torrelavega, y que es protagonista en estas fechas de la actividad fotográfica de la ciudad.


En el concurso, que repartió premios por valor de 1200 euros en metálico y en vales regalo entre las diferentes categorías, han participado un gran número de trabajos, que se mantendrán expuestos hasta el próximo 20 de enero en la sede del PSOE (C/ La Llama, 11).


El certamen tiene como temática la foto-denuncia de los problemas cotidianos de la ciudad, a través de detalles, escenas del paisaje urbano o vida social de Torrelavega,  con los siguientes apartados o categorías: la de Calidad Fotográfica, en donde resultaron premiados Mónica Catau con “Torrelavega. Cuna del Baloncesto”; Ernesto Falkental con “Sin feligreses”; Dacio Gómez con “después de 15 años el delito ha prescrito”; Pilar Cuevas con “Destellos de color”; y Julio Torre con “Tecnología centenaria”; quienes consiguieron premios entre los 240 euros y 60 euros; y en la Categoría de Título-Tema vencieron Jose Carlos Mena con “Todos sabemos que el río crece, aunque reforestando el PP no lo parece”; y Lorenzo Álvarez con “Prohibido aparcar en todos los sentidos”, quienes ganaron 100 y 50 euros, respectivamente.


El Jurado estuvo compuesto por los fotógrafos locales Jose Antonio Pérez, Carlos Labrador, José Ramón Argos, y Ángel Bustamante Hurtado, y presidido por la Secretaria General del PSOE en la ciudad, Lidia Ruiz Salmón.

miércoles, 21 de diciembre de 2016

Enredados, un equipo

9 simples letras juntas formando algo tan conciso pero a la vez tan complejo como un nombre, una seña de identidad, una marca. Pero no es una marca cualquiera, es nuestra marca, que lejos de estar vacía es una parte de nosotros. Su propia definición explica lo que somos, un grupo que se implica al sobrevenir dificultades y es que a nosotros nos gusta complicarnos, superarnos y marcarnos metas difíciles de alcanzar, porque sabemos que somos capaces de cumplirlas. Y es que trabajando en grupo no existen límites. Es muy gratificante intentar superarse, dar todo de uno mismo y un poco más hasta superar tus propias metas.


Cumplimos 15  años y queríamos compartir con vosotros un hecho tan importante. Estos  años significan perseverancia y esfuerzo, así que les contaremos lo que esta actividad significa para  el grupo. Para nosotros no se resume en presentar un trabajo o hacer noticias, es mucho más que eso; trabajo cooperativo con nuevos compañeros, personas con virtudes excepcionales que te sorprenden a diario haciéndote feliz y te completan, porque somos una mezcla de  personalidades que a simple vista  nunca podrían ser juntadas. Pero al final uno se da cuenta de que la mezcla es la clave, la que marca la diferencia. Si todos fuéramos iguales esto no tendría sentido. Así que cada uno aporta su granito de arena, para formar algo tan bonito y a la vez tan fuerte como un equipo.


Equipo de Enredados. La redacción de eolapaz para El País de los Estudiantes


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30 chicas y chicos de 3 cursos distintos, pero de una ciudad, de un mismo equipo


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Dos y media de la mañana, tras la cena, se perfila el periódico de 2016. Es la noche de El País


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En nuestra vieja redacción en el laboratorio de biología


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Un sábado cualquiera, tomando fotos en un evento deportivo


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Un día cualquiera, cuatro redactores y una fotógrafa esperan el tren en Torrelavega a las 7,30 de la mañana, camino de una noticia, de una aventura


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Pasillos del Congreso de los Diputados, preparando un reportaje


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Gracias, Patxi López por tus palabras y tu apoyo


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Termina una jornada de trabajo en Madrid, pero hay tiempo de visitar a antiguos miembros del EPE y decirles que les echamos de menos, pero que siguen siendo parte de nosotros


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Un viernes cualquiera, la redacción discute temas


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Los más jóvenes que se incorporan este año tras un taller de formación


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Lucas y David, los responsables de audiovisuales, en su trabajo semanal


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Falta una semana, la redacción hierve, sentada Carmen, jefa de maquetadores


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Preparando fotos e infografías


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La escaleta del periódico que Araceli, jefa de redacción acaba de poner en el tablero de la redacción


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Mientras los redactores trabajan en la maquetación Gonzalo realiza en el aula contigua una entrevista para montar uno de los  reportajes


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Cinco de la mañana, dando los últimos toques a la edición digital


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Tres de la tarde y un minuto, acabamos de publicar. No estamos todos, parte han caído por el sueño de la noche y otros están en Francia de intercambio, pero lo hemos conseguido, por décimo quinto año


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Gracias EPE, un año más hemos vivido una aventura, y juntos

martes, 13 de diciembre de 2016

Decreto de supresión de revalidas

El MECD acaba de publicar el Real Decreto que modifica el calendario de aplicación de la LOGSE y la supresión de las revalidas. Falta la convalidación en el congreso y, lo más importante, la elaboración por universidades y CC.AA. Pendientes de ello, así queda la situación, de momento.



Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.


Las evaluaciones externas de fin de etapa constituyen una de las principales novedades de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, con respecto al marco normativo precedente. El artículo 144.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, dispone que las pruebas y los procedimientos de las evaluaciones indicadas en los artículos 29 y 36 bis de la citada ley se diseñarán por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. En el mismo artículo 144.1 se establece que la realización material de las pruebas corresponde a las Administraciones educativas competentes.


En cumplimiento de estas previsiones legales, el Gobierno ha aprobado diversos desarrollos reglamentarios que afectan a la configuración de estas evaluaciones.


En primer lugar, el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, indica en su artículo 21 que, al finalizar el cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada por la opción de enseñanzas académicas o por la de enseñanzas aplicadas, en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes. En el apartado primero del artículo 31 de dicho real decreto se indica que los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada al finalizar Bachillerato, en la que se comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes.


Posteriormente, el Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, regula las características generales de las pruebas de evaluación realizadas al final de la etapa de Educación Primaria.


Finalmente, el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, en su disposición final primera, determina el calendario de implantación de las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.


La disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, estableció el calendario de implantación de los diferentes aspectos de la reforma educativa, que prevé la celebración de las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en el presente curso 2016/17, si bien el reconocimiento de efectos académicos a estas pruebas se difiere hasta el curso 2017/18.


Se constata en la sociedad y en la comunidad educativa una exigencia dirigida a todas las formaciones políticas para alcanzar un acuerdo en materia educativa que dote de estabilidad normativa a este elemento esencial para el desarrollo personal de los ciudadanos y para la convivencia y el progreso económico de nuestro país. Resulta también evidente que las evaluaciones educativas deben formar parte de este debate.


Con objeto de colaborar decididamente al proceso de dialogo que debe concluir en el Pacto de Estado, Social y Político por la Educación y en cumplimiento de los compromisos políticos asumidos, el Gobierno amplía el plazo para la implantación de las evaluaciones, de manera que, mientras se lleven a cabo las negociaciones, estas pruebas no tengan efecto alguno para la obtención de los títulos de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, y su organización y desarrollo no afecte al funcionamiento ordinario de las Administraciones educativas y los centros docentes.


De este modo, hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado Social y Político por la Educación, la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria consistirá en una prueba sin efectos académicos y de carácter muestral, mientras que en el caso del Bachillerato se realizará una prueba de características semejantes a la hasta ahora vigente Prueba de Acceso a la Universidad y válida a los solos efectos de acceso a la universidad. Además, durante este periodo, el objeto de las pruebas se limitará a las materias troncales del último curso de cada etapa educativa.


En cualquier caso, la celebración de estas pruebas en todo el territorio español durante el periodo de negociación proporcionará indudables beneficios. Por una parte, permitirán un diagnóstico de las necesidades de los centros educativos y de sus alumnos, con el objetivo de mejorar las actuaciones educativas en cada centro. Por otra parte, permitirán que la comunidad educativa se adecue al nuevo sistema y a la realidad educativa de cada comunidad autónoma, sirviendo además como proceso de evaluación, análisis y mejora del sistema de evaluaciones finales en las distintas etapas educativas.


Para lograr estos objetivos se hace necesario modificar el calendario de implantación previsto en la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.


Concretamente, se regulan tanto las características como la suspensión de los efectos académicos de las evaluaciones finales en las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación. Con ello se garantiza la igualdad de oportunidades de todos los alumnos y se establece un periodo de transición hacia el nuevo sistema educativo que permita su aplicación con todas las garantías.


Por otro lado, resulta conveniente modificar el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y el Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, que regula las características generales de las pruebas de evaluación realizadas al final de la etapa de Educación Primaria, con el fin de ajustar dichos Decretos a las modificaciones que se realizan en este real decreto-ley sobre la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, en lo referente al calendario de aplicación de las evaluaciones finales de las etapas de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y Bachillerato.


Las medidas que se adoptan en este real decreto-ley afectan a la configuración de las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato que se celebrarán al concluir el presente curso escolar 2016/17, por lo que concurren las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad que exige el artículo 86 de la Constitución como premisa para recurrir a este instrumento jurídico. Por otra parte, se respetan los límites constitucionalmente establecidos para el uso de este instrumento normativo y, singularmente, se ha salvaguardado el contenido esencial del derecho a la educación regulado en el artículo 27 de la Constitución; de hecho, únicamente se regula el calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, aspecto que carece de la condición de materia reservada a Ley orgánica y que es habitualmente regulado mediante normas reglamentarias, tanto en éste como en otros ámbitos sectoriales.


En su virtud, en uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de diciembre de 2016, DISPONGO:



Artículo 1. Modificación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. Se modifica la Disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, que queda redactada en los siguientes términos:


«Disposición final quinta. Calendario de implantación.


1. Las modificaciones introducidas en el currículo, la organización, objetivos, promoción y evaluaciones de Educación Primaria se implantarán para los cursos primero, tercero y quinto en el curso escolar 2014-2015, y para los cursos segundo, cuarto y sexto en el curso escolar 2015-2016.


Hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, la evaluación de Educación Primaria recogida en el artículo 21 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, será considerada muestral y tendrá finalidad diagnóstica. La selección de alumnos y centros será suficiente para obtener datos representativos. Las Administraciones Educativas podrán elevar el número de centros participantes por encima de las necesidades muestrales o hacerla con carácter censal.


2. Las modificaciones introducidas en el currículo, la organización, objetivos, requisitos para la obtención de títulos, programas, promoción y evaluaciones de Educación Secundaria  Obligatoria se implantarán para los cursos primero y tercero en el curso escolar 2015/2016, y para los cursos segundo y cuarto en el curso escolar 2016/2017.


Hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación la evaluación regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, será considerada muestral y tendrá finalidad diagnóstica. Se evaluará el grado de adquisición de la competencia matemática, la competencia lingüística y la competencia social y cívica, teniendo como referencia principal las materias generales del bloque de las asignaturas troncales cursadas en cuarto de Educación Secundaria Obligatoria. Esta evaluación carecerá de efectos académicos.


La selección de alumnos y centros será suficiente para obtener datos representativos. Las Administraciones Educativas podrán elevar el número de centros participantes por encima de las necesidades muestrales o hacerla con carácter censal.


Los títulos de graduado en Educación Secundaria Obligatoria expedidos hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación permitirán acceder indistintamente a cualquiera de las enseñanzas postobligatorias recogidas en el artículo 3.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.


3. Las modificaciones introducidas en el currículo, la organización, objetivos, programas, promoción y evaluaciones de Bachillerato se implantarán para el primer curso en el curso escolar 2015-2016, y para el segundo curso en el curso escolar 2016-2017.


Las modificaciones introducidas en los requisitos para la obtención de certificados y títulos, en el artículo 37 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en los requisitos para la obtención del título de Bachillerato por los alumnos a los que se refiere el artículo 44, apartado, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y en el artículo 50, apartado 2, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, así como para la evaluación final de Bachillerato en el artículo 36 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo quedan suspendidas hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación.


Hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, la evaluación de bachillerato para el acceso a la Universidad regulada por el artículo 36 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, no será necesaria para obtener el título de Bachiller y se realizará exclusivamente para el alumnado que quiera acceder a estudios universitarios.


Versará exclusivamente sobre las materias generales cursadas del bloque de las asignaturas troncales de segundo curso y, en su caso, de la materia Lengua Cooficial y Literatura. Los alumnos que quieran mejorar su nota de admisión podrán examinarse de, al menos, dos materias de opción del bloque de las asignaturas troncales de segundo curso.


Asimismo, durante este período, los alumnos que se encuentren en posesión de un título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional o de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza podrán obtener el título de Bachiller cursando y superando las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de Bachillerato que el alumno elija.


4. Los ciclos de Formación Profesional Básica sustituirán progresivamente a los Programas de Cualificación Profesional Inicial. El primer curso de los ciclos de Formación Profesional Básica se implantará en el curso escolar 2014-2015, curso en el que se suprimirá la oferta de módulos obligatorios de los Programas de Cualificación Profesional Inicial; durante este curso, los alumnos y alumnas que superen los módulos de carácter voluntario obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. El segundo curso de los ciclos de Formación


Profesional Básica se implantará en el curso escolar 2015-16.


Hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, los alumnos que obtengan un título de Formación Profesional Básica podrán obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria, siempre que, en la evaluación final del ciclo formativo, el equipo docente considere que han alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y adquirido las competencias correspondientes.


5. Las modificaciones introducidas en el currículo de los ciclos formativos de grado medio de la Formación Profesional se implantarán únicamente al inicio de los ciclos, en el curso escolar 2015-2016.


6. El acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado se realizará de la siguiente forma:


a) Hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado de los alumnos que hayan obtenido el título de Bachiller serán los siguientes:


1) Quienes accedan con anterioridad al curso 2017/18 deberán haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad que establecía el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, o las pruebas establecidas en normativas anteriores con objeto similar.


2) Para quienes accedan en el curso 2017-2018 y hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, la calificación obtenida en la prueba que realicen los alumnos que quieran acceder a la universidad a la que se refiere el artículo 36.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, será la media aritmética de las calificaciones numéricas de cada una de las materias generales del bloque de asignaturas troncales y, en su caso, de la materia Lengua Cooficial y Literatura, expresada en una escala de 0 a 10 con dos cifras decimales y redondeada a la centésima. Esta calificación deberá ser igual o superior a 4 puntos, para que pueda ser tenida en cuenta en el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.


La calificación para el acceso a estudios universitarios de este alumnado se calculará ponderando un 40 por 100 la calificación de la prueba señalada en el párrafo anterior y un 60 por 100 la calificación final de la etapa. Se entenderá que se reúnen los requisitos de acceso cuando el resultado de esta ponderación sea igual o superior a cinco puntos.


La calificación obtenida en cada una de las materias de opción del bloque de asignaturas troncales de la prueba señalada anteriormente podrá ser tenida en cuenta para la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado cuando tenga lugar un procedimiento de concurrencia competitiva.


Las administraciones educativas, en colaboración con las Universidades, que asumirán las mismas funciones y responsabilidades que tenían en relación con las Pruebas de Acceso a la Universidad, organizarán la realización material de la prueba señalada en el párrafo anterior para el acceso a la Universidad. No obstante, cada administración educativa podrá delimitar el alcance de la colaboración de sus universidades en la realización de la prueba. Dicha evaluación tendrá validez para el acceso a las distintas titulaciones de las universidades españolas.


b) Podrán acceder a la Universidad los alumnos que estén en posesión de las siguientes titulaciones extranjeras:


1) Los alumnos titulados en Bachillerato Europeo o en Bachillerato Internacional.


2) Los alumnos procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales.


A partir del curso 2014/15 la admisión de estos alumnos en las enseñanzas universitarias oficiales de grado se realizará de conformidad con el vigente artículo 38 y la disposición adicional trigésima tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, así como su normativa de desarrollo.


c) Los alumnos en posesión de las titulaciones de Técnico Superior y Técnico Deportivo Superior, o que estén en posesión de un título, diploma o estudio equivalente al título de Bachiller, obtenido o realizado en sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales para reconocimiento del título de Bachiller en régimen de reciprocidad, que accedan en el curso escolar 2014/15 y en cursos posteriores deberán cumplir los requisitos indicados en la disposición adicional trigésima sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.


7. El resto de modificaciones curriculares establecidas en esta Ley Orgánica se podrán implantar a partir del curso escolar 2014-2015.»


Artículo 2. Adecuación del régimen jurídico de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria y la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad al nuevo calendario de implantación.


1. Queda derogada la disposición final primera del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.


2. Durante el periodo previsto en los apartados 2 y 3 de la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria y la evaluación final de Bachillerato para acceso a la Universidad se regirán por las previsiones de este artículo y, supletoriamente, y en lo que resulten compatibles con ellas, por el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio.


3. Hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado Social y Político por la Educación, la evaluación de Educación Secundaria Obligatoria tendrá las siguientes características:


a) La evaluación no tendrá efectos académicos.


b) La evaluación será considerada muestral y tendrá una finalidad diagnóstica, participando únicamente en ella el alumnado matriculado en cuarto curso que haya sido seleccionado por la Administración educativa, exclusivamente por la opción cursada. La selección de alumnos y centros será suficiente para obtener datos representativos. Las Administraciones Educativas podrán elevar el número de centros participantes por encima de las necesidades muestrales o hacerla con carácter censal.


c) Evaluará el grado de adquisición de la competencia matemática, la competencia lingüística, la competencia social y cívica y tendrá como referencia principal las materias generales del bloque de las asignaturas troncales cursadas en cuarto de Educación Secundaria Obligatoria.


4. Hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto Social y Político por la Educación, la evaluación de Bachillerato para el acceso a los estudios universitarios tendrá las siguientes características:


a) La evaluación únicamente se tendrá en cuenta para el acceso a la Universidad, pero su superación no será necesaria para obtener el título de Bachiller.


b) Podrá presentarse a la evaluación el alumnado que esté en posesión del título de Bachiller, así como los alumnos que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en la disposición adicional tercera del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio.


c) Las administraciones educativas, en colaboración con las Universidades, que asumirán las mismas funciones y responsabilidades que tenían en relación con las Pruebas de Acceso a la Universidad, organizarán la realización material de la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad. No obstante, cada administración educativa podrá delimitar el alcance de la colaboración de sus universidades en la realización de la prueba. Dicha evaluación tendrá validez para el acceso a las distintas titulaciones de las universidades españolas.


d) La adquisición de las competencias se evaluará a través de las materias generales cursadas del bloque de las asignaturas troncales de segundo curso y, en su caso, de la materia Lengua Cooficial y Literatura. Los alumnos que quieran mejorar su nota de admisión podrán examinarse de, al menos, dos materias de opción del bloque de las asignaturas troncales de segundo curso.


5. Las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato de la educación de personas adultas, así como las modificaciones introducidas por el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, en las pruebas para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y del título de Bachiller por personas adultas, no se implantarán hasta el término del periodo transitorio regulado por la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.


Artículo 3. Adecuación del régimen jurídico de la evaluación final de la Educación Primaria al nuevo calendario de implantación.


1. Queda derogada la disposición final primera del Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación realizada al final de la etapa de Educación Primaria establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.


2. Hasta la finalización del periodo transitorio regulado en la disposición final quinta de la Ley 8/2013, de 9 de diciembre, la evaluación de Educación Primaria prevista en el artículo 21 será considerada muestral y tendrá finalidad diagnóstica; será realizada por el alumnado de los centros docentes del Sistema Educativo Español escolarizados en sexto curso de educación primaria. La selección de alumnos y centros será suficiente para obtener datos representativos. Las Administraciones Educativas podrán elevar el número de centros participantes por encima de las necesidades muestrales o hacerla con carácter censal. Las previsiones del Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, únicamente serán aplicables en lo que no se opongan a esta disposición.


Artículo 4. Títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria obtenidos durante el periodo de implantación de la evaluación final.


1. Queda derogada la disposición transitoria única del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.


2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 23 del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, en los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria que se obtengan durante el periodo de implantación de la evaluación de etapa previsto en la disposición  final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, la calificación final que figurará será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en la etapa, expresada en una escala de 1 a 10 con dos decimales, redondeada a la centésima.


3. Los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria obtenidos hasta la finalización del periodo transitorio permitirán acceder indistintamente a cualquiera de las enseñanzas postobligatorias recogidas en el artículo 3.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.



Disposición final única. Entrada en vigor.



Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín


Oficial del Estado».


Dado en Madrid, el 9 de diciembre de 2016.



FELIPE R.


El Presidente del Gobierno,


MARIANO RAJOY BREY

sábado, 10 de diciembre de 2016

Diez años de dependencia



Esta semana el Partido Socialista ha celebrado el aniversario de la puesta en marcha (es un decir) de la ley de dependencia de Zapatero.
Un acto que debería haber reivindicado uno de los grandes logros de nuestra democracia y la crisis, la desidia de algunas administraciones y la falta de sensibilidad de algunos ha convertido en lo que veis en la foto. Un juego del escondite de la administración.

viernes, 9 de diciembre de 2016

10/04. Concurso de dibujo del Defensor del Pueblo

Con el fin de promover el conocimiento de los derechos humanos entre los escolares españoles el Defensor del Pueblo y la ONG Globalización de los Derechos Humanos convocan el XIII Concurso Escolar de dibujos Defensor del Pueblo 2015-2016. Destacan en las bases


1. Podrán participar todos los alumnos de enseñanzas Primaria y Secundaria de España.


2. Los premios serán entregados en Madrid por la Defensora del Pueblo.


3. Para poder participar en el concurso cada alumno deberá presentar un dibujo original, con cualquier material o técnica, relativo a los derechos humanos. El dibujo se presentará en una hoja de papel de tamaño A4.


4. Se establecen seis premios: tres para Primaria y tres para Secundaria (ESO, bachillerato y ciclos formativos de Grado Medio), consistentes en un ordenador portátil netbook para cada ganador. Los premiados también recibirán del Defensor del Pueblo una ayuda económica para su desplazamiento a Madrid a recoger el premio. El jurado podrá conceder las menciones honoríficas que considere oportunas, así como declarar desierto cualquiera de los premios.


5. Los centros educativos con alumnos premiados recibirán un diploma de reconocimiento.


6. Los trabajos candidatos al premio se harán llegar, antes del 10 de abril de 2017, a la siguiente dirección postal: Apartado de correos 15020, 46015 Valencia.


7. Para identificar perfectamente todos los trabajos, los dibujos deberán llevar pegado o grapado un sobre en cuyo exterior se haga constar “Concurso Defensor del Pueblo 2016-2017” y el curso en el que esté matriculado el concursante, y en cuyo interior debe figurar el nombre y apellidos del concursante, su edad (en caso de ser menor deberá acompañar una autorización de sus padres o tutores para participar, según formulario que se adjunta), curso y centro en el que está matriculado, así como el teléfono del centro al que pertenece.


8. Los miembros del Jurado son designados a título personal, y una vez que hayan aceptado expresamente su designación deberán ejercer sus funciones, en consecuencia, a título y de forma personal, sin posibilidad de delegación.
El Jurado para la concesión de los premios estará formado por personalidades de reconocido prestigio del ámbito académico, cultural e institucional.


9. La participación en el concurso conlleva la autorización expresa para la difusión de imágenes y/o fotografías de los premiados, aun siendo menores de edad, y de sus dibujos, a través de la prensa u otros medios, con la sola intención de promocionar los derechos humanos.


10. Los trabajos presentados pasarán a ser propiedad del Defensor del Pueblo, quien los utilizará para su exposición u otros fines que considere convenientes en la promoción de los derechos humanos.


11. La participación en el concurso implica la aceptación de todas y cada una de las presentes bases, así como el criterio de los organizadores en la resolución de cualquier cuestión no prevista en estas bases.


12. Los concursantes menores de edad deberán acompañar su trabajo con una autorización de sus padres o tutores legales, según el formulario que se adjunta.


Puedes todas las bases en este enlace


Imagen ciudadmania.wordpress

jueves, 8 de diciembre de 2016

Procomún, red social para docentes

El MECD puso en marcha en 2014 un servicio destinado a la Comunidad Educativa conocido como “Espacio Procomún Educativo” que permite a profesores formar parte de una red social profesional en la que intercambiar, valorar y difundir experiencias y contenidos educativos, y crear y participar en comunidades de práctica y debate sobre cualquier aspecto de su desempeño profesional.


Procomún permite poner en relación la experiencia y el talento de muchos docentes y sus experiencias mediante el etiquetado social, votaciones, contextos educativos, recomendaciones de uso y comunidades de aprendizaje entre pares.


Puedes en esta red búsquedas facetadas, en el marco de los estándares de la denominada web semántica, mediante el acceso al repositorio de recursos digitales educativos y abiertos del Ministerio de Educación Cultura y Deporte y las Comunidades Autónomas, que reúne miles de objetos didácticos catalogados de forma estandarizada a través de metadatos (estándar LOM-ES), así como catalogar e integrar en este repositorio de recursos educativos de su autoría.


Una vez que te registras en la red puedes formar parte de comunidades en las que puedes crear, compartir y encontrar contenidos educativos de los diferentes tipos que existentes, así como interaccionar con ellos y con el resto de usuarios miembros de esa comunidad. Para saber cómo buscar una Comunidad y empezar a participar en ella tienes un videotutorial que te puede enseñar cómo hacerlo.


En el Manual de uso puedes encontrar los diferentes tipos de comunidades que puedes encontrar.



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Puedes crear una Comunidad si no encuentras ninguna que responda a tus necesidades e iniciativa. Para saber cómo hacerlo en FAQ hay un videotutorial para saber cómo ser administrador de la Comunidad.


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 Para crear los distintos contenidos en una comunidad puedes ver los videotutoriales en FAQ que te guiarán para que puedas publicarlos.


 Recursos de Aprendizaje


Árticulos



Además puedes interaccionar con otros usuarios planteando encuestas y/o debates.



Cuando eres administrador de la Comunidad, puedes crear eventos y boletines.



Fuente MECD

miércoles, 7 de diciembre de 2016

La Guerra Fría


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“La Guerra Fría” es una tensa situación que surge tras la Segunda Guerra Mundial y que enfrenta a dos superpotencias: Estados Unidos y la Unión Soviética. Estos dos países representan a dos bloques con dos sistemas económicos, políticos y sociales opuestos, tras los que se encuentran países alienados con una de las dos partes.

Mitos y verdades del parlamentarismo inglés

El fracaso de la historia, como elemento aleccionador de la vida humana suele radicar en el desmedido afán de ciertos sectores sociales por exacerbar símbolos y personajes, más allá de lo razonablemente necesario y deseable. Un ejemplo es Oliver Cromwell, el político y militar inglés, aun habiendo sido poco de ambas cosas, al que el imaginario colectivo ha colocado, quizá no tan merecidamente, como el héroe nacional y europeo que enarbolo la bandera del republicanismo, como símbolo de la lucha contra los gobiernos absolutos, abriendo paso a una nueva era, que desembocaría en estados marcados por la defensa de la sociedad civil.


Desde obras literarias como las “crónicas parlamentarias” de Allen Prescott, hasta el “Cromwell” cinematográfico de Ken Hughes, nos han trasladado la imagen de un Cromwell atormentado por la incomprensión de algunos, la envidia y el recelo de otros y la exaltación de la mayoría, como el campeón que derrotó al tirano, en aquellas impagables interpretaciones de Richard Harris y Alec Guinness, que escudriñaban en el lado humano del héroe que sacrificó su vida por Inglaterra. Todo muy en la línea apologética del héroe solitario tan propia de la cultura anglosajona, y que ya había cultivado Theo Frenkel en 1911.


Sin embargo, como exponía Christopher Hill en su imprescindible “The Century of Revolution”, las dudas sobre el papel real de Cromwell en la transición de la era absolutista a los estados contemporáneos es, cuando menos, discutible, teniendo en cuenta que el discurrir de la historia ya apuntaba, desde tiempo atrás, pasos ineludibles hacia el derrumbe de un absolutismo muy frágil y voladizo, con o sin Cromwell.


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Y es que todo, como ha demostrado Sayles en su “The mediaeval foundations of England”, la Inglaterra de la Edad Moderna se aleja de los patrones de interpretación y evolución de la historia europea, por lo que aplicar estas categorías históricas a la interpretación del papel político de Cromwell, resulta, al menos, arriesgado.


Fundado bajo el particularismo físico de una isla de modestas dimensiones, Inglaterra había alcanzado, mucho antes de nuestro protagonista, un nivel de desarrollo político considerable, ya desde le medievo, observable en la pujanza que su conquista de vastas extensiones continentales, durante la Guerra de los Cien Años demostraba. Una pujanza sostenida en una clase nobiliaria muy uniforme y compacta, y un tejido urbano vigoroso, amparado en la protección real y los privilegios económicos, en la más pura tradición anglosajona. Unos hechos que conviene recordar a aquellos que blanden la figura de Cromwell como campeón del poder representativo, sin caer en la cuenta que desde los tiempos de Eduardo III, Inglaterra poseía un sistema parlamentario que, a diferencia del continente, no solo establecía la representación estamental, sino que acumulaba un amplio poder de control legislativo, no así fiscal, sobre el monarca. El sistema encontraba su justificación en la falta de amenazas locales en el reino, y en las facilidades de gobierno de un espacio territorial reducido. Si a ello unimos que, como defiende J.P. Cooper en “Differences between English and continental governments in early seventeenth century”, la pervivencia de los tribunales consuetudinarios, como las asambleas jurídicas tradicionales, bloquearon sistemáticamente el desarrollo de una justicia nobiliaria jurisdiccional extensa, y de un sistema de magistrados reales, nos encontramos ante el hecho de que estos contrarrestos al poder real introducían una embrionaria diferenciación de poderes (ejecutivo amplio para el rey, limitativo de la legislación en el parlamento y autonomía judicial en algunos ámbitos), tres siglos antes de nuestro “héroe”.


En este marco de circunstancias, y como acertadamente aprecia Fowler en su “The Hundred Years, war”, las guerras medievales habían sentado las bases del poder parlamentario y la debilidad monárquica, mucho antes del enrarecido siglo XVII. La proliferación de ejércitos mercenarios y la avidez nobiliaria inglesa en el continente, volcada a una guerra de rapiña en el territorio Valois, casi hasta el siglo XVI, habían degenerado en un estado poco sólido, que no había evolucionado como los continentales, al amparo de las poderosas maquinarias de guerra renacentista, precisadas de mando centralizado y administraciones extensas. Y lo habían hecho en la misma medida en que los saqueos sobre Francia habían alimentado una monetarización creciente de la economía inglesa, y un consiguiente desarrollo de la clase comercial, cada vez más autónoma y crecida, ante un poder real estancado y al margen de buena parte de este “negocio”.


Por ello, cuando la empresa del botín francés concluyó, la débil monarquía poco pudo hacer ante una nobleza y una clase urbana que volvieron armas al interior, barriendo en los campos de Bosworth a la vieja monarquía , abriendo las puertas del poder a unos Tudor que solo acelerarían el proceso.


 


Quizá, como señala uno de los grandes estudiosos del fenómeno Tudor, Penry Williams, y planteada así la situación, debemos colgar la escarapela de campeón del parlamentarismo, más que a Cromwell, a Enrique VIII, especialmente por la desidia de su acción de gobierno.


Los únicos pasos reseñables en contra del equilibrio de poder en la isla, se habían dado con el rey Enrique VII. La creación de una camarilla de gobierno que desplazaba a las viejas instituciones, el arrinconamiento de un parlamento ni convocado, y la creación de la Star Chamber y el control de las justicias locales habían dado pasos muy seguros para controlar las sediciones internas y centralizar el poder. Hasta que su sucesor, Enrique VIII, frenó este proceso en su querella matrimonial contra el papado, por su pretensión de divorcio de Catalina de Trastamara, a la postre tía del emperador español Carlos de Habsburgo. Enfrentarse a ambos sería lo que llevaría al inestable Enrique a una autentica y solapada revolución política. De un lado, el rey precisaba fuertes sumas de dinero para hacer frente a las nuevas amenazas y sobrellevar el creciente aislamiento, de otra, apoyo político para enfrentarse a una oposición interna, religiosa y nobiliaria, que amenazaba su persona y su dinastía.


De esta forma se rescataba la vieja institución parlamentaria, se realzaba su papel y se limitaba el del rey, que obtenía en aquel la justificación de sus medidas, de sus regalías y de su subversión de las tradiciones, creencias y formas de actuación tradicionales en el reino. Pero el poder del rey, que no se reducía, quedaba a expensas, peligrosamente, de la justificación de las clases terratenientes y urbanas, todo según un meticuloso plan de desarraigo del viejo sistema político de Enrique VII y del vigente en el continente, impulsado por otro Cromwell, Thomas.


Pero ni el primer Cromwell, ni el hábil Wolsey, ambos más eminentes políticos que Oliver, pudieron preveer ni compensar la suicida y errática política de Enrique VIII, el verdadero decapitador del absolutismo inglés. Las aventuras militares del rey en el continente, con sus onerosos y poco fructíferos resultados (intervenciones militares en el norte de Francia entre 1512 y 1546), arrasaron las arcas reales, obligando al rey a buscar empréstitos, a devaluar la moneda y a enajenar las grandes cantidades de tierras expropiadas a la iglesia católica durante los años iniciales de la reforma anglicana. Con ello la monarquía perdía toda posibilidad de independencia económica del parlamento, a la vez que las ventas engordaban a una gentry que seria, en el siglo siguiente la triunfadora en la lucha por el poder en Inglaterra. A la par que estos sucesos afianzaban un nuevo equilibrio de poder en Inglaterra, la nobleza se desmilitarizaba y se transformaba en un grupo comercial al socaire de los mercados de lana y coloniales, ante la ausencia de amenazas a la isla, la incapacidad del rey para mantener un aparato militar permanente o la falta de políticas expansivas en el continente. Y se debilitaba, como grupo de poder, inmersa en las querellas religiosas y matrimoniales de la monarquía. Los propietarios urbanos eran pues la clase emergente sin duda. Solo cabía evaluar con que valores y en que sectores se sostendría su poder en el siguiente siglo. Y ahí si que Cromwell adquiriría cierta relevancia.


La segunda mitad del siglo XVI, el periodo isabelino, preámbulo de las guerras parlamentarias estabilizo el reino, en los parámetros políticos antes descritos, tras la inquietud de los reinados de Eduardo y María, pero afianzo una tendencia histórica, la incapacidad fiscal y ejecutiva de la monarquía para crear un aparato militar sólido que defendiera los intereses exteriores ingleses, en el complejo tablero de ajedrez continental, y que madurara, en su entorno, una administración centralizada y autónoma de las instituciones representativas. Milicias y soldadescas mercenarias temporales, para los conflictos flamencos y la defensa interior demostraron, además de la escasa capacidad real para generar esta dinámica, la desproporción entre costes y resultados operativos y la inferioridad del absolutismo inglés, que nunca había fraguado. De hecho, ni el fracaso español en la aventura de la Gran Armada pudo ser capitalizado por la monarquía Tudor, mermada por los costes de la larga guerra con los Habsburgo, pero que apenas (salvo modestos avances en America) obtuvo territorios o botín, más allá del que las irregulares fuerzas corsarias aportaban a la corona.


Este hecho, que no había pasado desapercibido para la dinastía de la isla, fue el que posibilitó el inicio de la aventura irlandesa, continuando las tímidas políticas de los predecesores de Isabel. Marginados de su entorno, Inglaterra volvió en el siglo XVI sus ojos hacia la isla vecina, sobre la que ejercía un relativo protectorado o ascendiente, a través de la familia feudal de los Kildare. Las repetidas rebeliones de los isleños contra la política anglicanizadora de los ingleses, el rechazo a los colonos británicos y la intromisión de España y el papado, impulsó a fines de siglo al gobierno de Londres a un notable esfuerzo bélico que extendiera su espacio vital por Irlanda. La guerra no aporto cambios en la organización del estado, pero el desarrollo naval de la corona si. Al tiempo que los ingleses desplazaban la guerra terrestre a un segundo plano y a un espacio alejado, la armada, desde los tiempos de Hawkins, desplazaba al ejército como instrumento de expansión, con lo que ello implicaba. Una menor utilidad del poder centralizado y una mayor extensión del comercio, sus intereses y sus grupos sociales asociados.


Así las cosas, el modelo político que habría de heredar Cromwell, sufriría una importante transformación cuando cuatro décadas antes de que nuestro protagonista apareciera en escena, la desaparición de la dinastía Tudor trajese al sur de la isla el poder Estuardo, y con él, una hibridación política sustentada en la unión dinástica de los reinos de Inglaterra y Escocia, más la incorporación de Irlanda, siendo estos dos últimos no herederos de la tradición romana, ruralizados, feudalizados, y con elementos absolutistas más maduros, en algunos aspectos, que el particular modelo de administración inglesa. Un modelo particular, en el que el centro del poder se asentaba en el parlamento, no en una nobleza territorial y armada, como en Escocia, y que aquí, desmilitarizada, también ejercía su autoridad e influencia en el parlamento de Londres, algo que Jacobo I no pudo ver y no supo administrar, como defiende Donaldson en “Scotland”.


Su falta de visión sería el caldo de cultivo idóneo para movimientos como los que favorecerían la revolución de 1640. Así, la monarquía jacobea iniciaría un acercamiento a España, claramente impopular, a la vez que la corona iniciaba una política venal y de liquidación de monopolios que le alejaba de la necesaria colaboración del parlamento, y afianzaba la justificación de su poder, algo que redundaba en iguales fines. La política absolutista así planteada tuvo eco positivo en las aristocráticas sociedades de los Lowlands y en los recién incorporados condados del Ulster, necesitados de afirmación en sus convicciones nacionales, frente a la población sometida, pero sentó las bases de la desconfianza parlamentaria y de los grupos dirigentes ingleses que situaban su poder allí. En el segundo cuarto del siglo XVII, la familia Cromwell formaba parte de una sociedad triádica, formada por un renovado y próspero cosmos rural (propietario, arrendatario y jornalero), crecido con las liquidaciones monásticas de la primera era Tudor, un amplio sector de pequeños propietarios agrícolas libres (los yeomanry) y una pujante y culta clase comercial, crecida al pairo del desarrollo naval posterior a Isabel I. Este sistema social, bastante maduro, era incompatible con las pretensiones “feudalizantes” y absolutistas de la monarquía jacobea, máxime cuando esta no disponía de interés para una alianza permanente con la Gentry, y esta no atisbaba la necesidad de un sometimiento al poder real. A ello se añadía una nobleza que, en una sociedad más prospera y madura, veía innecesario sostener un poder central, necesario para frenar unas insurrecciones o amenazas campesinas que ya no cabía esperar que se produjesen.


Este desarrollo venia, además, acompañado de un nivel impositivo tradicionalmente bajo, por la falta de exigencias exteriores, y por la financiación real tradicional en base al expolio de la iglesia. Y ello con su consiguiente correlato, la falta de una burocracia extensa que apoyara el poder real.


Cuando en 1628 Cromwell accedió al parlamento, como simple comparsa, y gracias al patrocinio de los Montagu y de los Lilburne (como prueban sobradamente David Hume y Christopher Hill), el corrupto gobierno jacobino había dado paso al puritano de Carlos I, cuya escasa visión de estado había llevado a, sin percatarse de los escasos mimbres con los que contaba, y confiando en el peso que le daría las arcaicas formas sociales escocesa e irlandesa, intentar construir un imposible absolutismo. Anulado el parlamento y enemistado con la gentry, Carlos agotó sus fuerzas en la ridícula intervención inglesa en la guerra de los Treinta Años y el estéril conflicto con Francia. Para acallar las críticas, el rey disolvió de forma indefinida el parlamento, con lo que el discreto diputado Oliver Cromwell perdió su empleo. Esos años de tensión política acercarían a Cromwell, en palabras de Adamson, a las orillas del bando aristocrático, liderado por Essex, Warwick y Saye, justo el grupo político que ahora Carlos cortejaba, a fin de recabar apoyos a su gobierno personalista, mediante la concesión de privilegios a los llamados pares y la reserva de monopolios y beneficios económicos para el patriciado urbano. Toda una contradicción para quien, según Carlyle, era ya un campeón de las libertades.


A principios de la década de los cuarenta, Cromwell, vinculado al mismo grupo, tomaría parte muy activa en la elaboración de la llamada ley de Rama y Raíz, base para el patronazgo real sobre el episcopado, y punta de lanza, a través del aparato ideológico-eclesial de la corriente puritana, que instrumentalizaba a la iglesia para iniciar el despegue del absolutismo inglés, introduciendo la domesticación del clero, el hieratismo regio y los conceptos de derecho divino de la monarquía. Junto a estos pasos ideológicos, a los que contribuía con entusiasmo nuestro protagonista, Strafford y otros adláteres del rey, intentaban, con cierto éxito, sortear las limitaciones fiscales de la monarquía en Inglaterra, convirtiendo a Irlanda y Escocia en la despensa del reino, imponiendo unos impuestos a la gentry irlandesa y a oligarquía rural escocesa, imposible en Inglaterra, donde la estructura social nacida en la época Tudor y que anteriormente relatábamos, lo impedía.


La venalidad corrompió al estado, y las cargas fiscales promovieron la aversión a la administración carolina y a su puritana y dócil nueva iglesia. Pero la creciente tensión entre el parlamento, como representante de las clases urbanas y mercantiles, y los puritanos partidarios del gobierno regio estaba lejos de resolverse en aquel constreñido marco. La monarquía nunca se había desarrollado en Inglaterra por la inexistencia de un aparato militar sólido, como el que había impulsado a las grandes monarquías continentales. Sin él, y dada la esquelética composición económica de la monarquía, esta no podía imponerse a las milicias tradicionales, de la misma forma que estas eran lo bastante frágiles como para propinar un golpe a la corona que la doblegase.


El “impasse” se resolvería, en contra de los intereses de Carlos, curiosamente en el terreno en el que este había depositado todas sus esperanzas de consolidación real, en las sociedades periféricas. El temor escocés a que la intransigencia religiosa del rey condujera a la recuperación por la iglesia puritana de sus diezmos y tierras secularizadas. En ese marco, la imposición de una nueva liturgia anglicana provocó el levantamiento escocés, justo en una tierra, en la que a diferencia de Inglaterra, la nobleza no estaba desmilitarizada ni mercantilizada, el ardor guerrero del norte, con sus milicias campesinas y sus mercenarios alemanes arrasó como un torrente a las débiles fuerzas realistas, al tiempo que el otro punto débil de la estructura social británica, Irlanda, iniciaba una intensa revuelta católica. La curiosidad histórica radica en que el absolutismo inglés no caía arrastrado por la vigorosa sociedad mercantil del sur de la isla y sus deseos de levantar un estado “constitucional”, sino por sociedades periféricas incorporadas en su tímida expansión, y más atrasadas históricamente.


Ante tales acontecimientos y tras las derrotas de 1638, el rey se vio obligado a convocar al parlamento a fin de conseguir apoyo financiero y político para defender el reino. El control de esos recursos y las fuerzas militares levantadas a tal efecto desatarían el penúltimo acto de esta historia, la guerra civil que apuntillaría a la corona absoluta. Era la primera revolución burguesa de la historia, y la primera vez que débiles conglomerados feudales, como el escocés y el irlandés, derribaban un absolutismo, abriendo el paso a un régimen “constitucional”.


Ese movimiento histórico provocaría un vuelco en el que probablemente Cromwell representaría un freno, no sabemos si consciente a la revolución naciente. Alineado e el bando parlamentario, pese a su declarado puritanismo, su defensa de la libertad de conciencia y su apoyo a posiciones conservadoras en el orden social, Cromwell no solo iría ascendiendo en la escala militar, en la primera y segunda guerras civiles, sino que tomaría parte en importantes debates tendentes a resolver el conflicto, como el "Heads of Proposals" o Los Debates de Putney, que buscaban diseñar un nuevo equilibrio institucional y un acuerdo con el rey, ahora alineado con sus antaño enemigos escoceses, temerosos del giro de la situación y el imponente peligro que suponía para el orden social de sus estados.


La fuga de Carlos, tras ser tomado preso, el enfrentamiento con sus antiguos aliados, como John Liburne, su antiguo mentor y sus creciente influencia militar (especialmente tras su victoria en Preston) llevarían a Cromwell a un providencialismo enfermizo que impediría la consolidación de los avances políticos obtenidos por la gentry y el parlamento en la guerra. Tras la masacre de los parlamentarios opuestos a sus planes, en la Purga de Pride (Austin Woolrych, “Commonwealth to Protectorate”), la formación del llamado “parlamento de Rabadilla”, constituiría el signo inequívoco de que el régimen posterior a Carlos I adolecía de un cierto delirio, y se encontraba en las antípodas de un gobierno de vocación liberal, en el sentido reflejado en la obra de John Locke. La creación de parlamento Barebone, en 1653, como un consejo de sabios y santos, anticipo del gobierno de Jesucristo en la tierra, no puede entenderse, de ninguna forma, como un pilar en la construcción de una sociedad civil.


Ni siquiera la constitución posterior de John Lambert, que abría las puertas al protectorado cromwelliano puede verse en ese plano. Su muerte, el fracaso de su hijo Richard en el protectorado y el efímero gobierno militar de Monck servirían para que el parlamento, liberado de la locura religiosa y la monarquía republicana de Cromwell y sus partidarios, pudiera asentar, ahora si, un equilibrio político y social duradero, basado en la monarquía limitada de Carlos II.


Quizá la versión de un tirano que las “Memorias” de Edmund Ludlow nos han transmitido, a través de la pluma de John Toland sean excesivas. Quizá su intervención en los conflictos civiles de la convulsa Europa de finales del XVII, abrasada por el conflicto religioso y las secuelas de la guerra de los Treinta años, sea explicable. Quizá su gobierno autoritario llegó en el momento preciso en que la Inglaterra mercantil y expansiva de había generado la Edad Moderna se veía amenazada por las feudalizadas sociedades del norte y el oeste del reino. Pero lo que admite poca duda, es que su gobierno marco un notable freno a la progresión “democrática” de la Inglaterra del XVII y su muerte el fin del absolutismo inglés, tan necesario para su emergencia como potencia moderna.



Imagen cromwell-intl.com e historia34div.com (gráfico)


Bibliografía recomendada


Perry Anderson, “El estado Absolutista”


Weber, “Economy and Society”,


J.P. Cooper, “Differences between English and Continental government in early XVII century”


C. Russell, “The crisis of parliaments”

Proyecto de Real Decreto de pruebas de acceso a la universidad

Con fecha 5 de de diciembre el MECD ha hecho público el proyecto de Real Decreto que regulará este año las pruebas de acceso a la universidad. El proyecto se publica para recibir sugerencias y mejoras hasta el día 15. Aportaciones que se pueden hacer llegar al Instituto nacional de evaluación educativa a través de este mail a: novedades.inee@mecd.es


Tras ello, el Real Decreto definitivo se publicará este mes. Puedes leer el proyecto en este enlace

martes, 6 de diciembre de 2016

El corazón que late tras la educación

Se llama Alfredo Correll, es profesor de inmunología de la Universidad de Valladolid. Un discurso de 12 maravillosos minutos donde describe y transmite cual es el corazón de la educación, más allá de tecnologías y experimentos: el alumno. Es difícil resumir lo que ha dicho, es mejor escucharlo, y seguir su camino.



Trabajando en equipo

Con el comienzo de la nueva evaluación empezamos de nuevo el trabajo en equipos por proyectos. En estos días cada equipo está realizando sus propuestas para empezar a trabajar. Por eso aquí tienes un recordatorio de los principios básicos a seguir para un adecuado trabajo en equipo, respetuoso y fructífero, obra de los compañeros de nubol.



tutoria-trabajo-equipo

lunes, 5 de diciembre de 2016

La hora del código

La Asociación de Profesores de Informática de Cantabria (APIC) os anima a participar en La Hora del Código 2016 en Cantabria.


Da igual en qué nivel educativo enseñes y no es necesario tener conocimientos de programación, ya que cualquiera puede hacerlo!


La Hora del Código es un evento mundial que se realiza durante la Semana de la Educación en Ciencias de Computación.


Este año se celebra en la semana del 5 al 11 de diciembre. Se trata de realizar, tan sólo, una actividad de una hora. Se pueden escoger entre una gran variedad de actividades de autoaprendizaje para todas las edades; y tan fácil como seguir los pasos de un sencillo tutorial. Además, los tutoriales están disponibles en español y otros muchos idiomas!


Se trata de algo distinto y divertido; además, todo estudiante de nuestro siglo debe tener la oportunidad de crear software, su propio software.


Todo esto sin añadir de qué manera la programación ayuda a desarrollar las capacidades de abstracción, análisis, concentración, atención y aprender a aprender entre las más importantes.


No es imprescindible saber programas, ya que no se necesita experiencia o conocimientos previos de programación por parte del alumnado ni del profesorado.


Como material ten en cuenta que los tutoriales son gratuitos y están disponibles en http://www.code.org.


Con cualquier navegador web (Firefox, Chrome, Iexplorer,...) puedes hacerlo, también con una tablet o smartphone. Es más, hay recursos para poder trabajar sin ordenador!


Se trata de realizar tan sólo una actividad de una hora en esa semana, por cómo tenemos establecido nuestro calendario lectivo entre los días 9 y 11 de diciembre.


Anímate y participa


Puedes compartir tus experiencias a través de Twitter con el hashtag


#HOC2016_Cantabria. Síguenos en @apicantabria.


Todo el mundo puede aprender, comienza con una Hora de Código!

Premios eco innovación Endesa 28/2

La Fundación Endesa convoca los I Premios Fundación Endesa a la Ecoinnovación Educativa 2016-2017. Se pretende identificar actitudes innovadoras y comprometidas con la conservación de la naturaleza y el medio ambiente así como destacar el protagonismo de los jóvenes en el fomento de la cultura ecológica. Las bases de la convocatoria las tienes, junto a toda la información en este enlace

Convocada la XII Olimpiada de biología en Cantabria

La Universidad de Cantabria acaba de abrir el plazo para inscribirse en la XII Olimpiada de biología para alumnos de 2º de bachillerato que, como en años anteriores busca la promoción y popularización de la Biología, reflejando la importancia que tiene esta disciplina en la sociedad actual.


BASES


1. Participantes


Podrán participar en la XII Olimpiada autonómica de Biología todos los alumnos de la comunidad de Cantabria que estén matriculados durante el curso 2016-17 en 2º de Bachillerato.


2. Inscripción


Los interesados en participar en la XII Olimpiada autonómica de Biología lo solicitarán por escrito, indicando su nombre, DNI y centro al que pertenecen y enviando estos datos en el impreso adjunto a la siguiente dirección de correo electrónico:


trinidad.perez@educantabria.es


Se podrán presentar un máximo de cuatro alumnos por centro. Excepcionalmente en aquellos centros que tengan más de un grupo de 2º de Bachillerato, se permitirá la inscripción de cinco.


Fecha: Desde el 1 de Diciembre del 2016, hasta el 26 de Enero del 2017.


3. Desarrollo


Se realizará a nivel autonómico una prueba teórica, de los contenidos de Biología incluidos en los programas de las asignaturas de Ciencias de la ESO, Asignatura de Biología y Geología de 1º de bachillerato y de la asignatura de Biología de 2º de Bachillerato (únicamente Bloque 1. La base molecular y físicoquímica de la vida).


Tendrá lugar el lunes, 30 de Enero del 2017 en la Facultad de Medicina a las 16:30 h. Excepcionalmente podrán modificarse las fechas si las circunstancias particulares así lo aconsejan. Solamente se permitirá la utilización de material de escritura.


4. Jurado


Para la realización de la Fase Autonómica de la Olimpiada de Biología, un Tribunal calificará los ejercicios y se seleccionará a los ganadores, en número de tres como máximo. El fallo del Tribunal será inapelable.


5. Seleccionados en la Fase Autonómica


Los tres primeros clasificados representarán a la Comunidad de Cantabria en la fase nacional de la XII Olimpiada Española de Biología se celebrará en Pamplona (Navarra) del 23 al 26 de marzo de 2017. Los seis primeros clasificados recibirán diploma acreditativo en un acto celebrado por la Universidad de Cantabria y la Consejería de Educación.


6. Aceptación


La participación en esta XII Olimpiada Autonómica de Biología supone la aceptación de las bases de la convocatoria que figuran en la dirección siguiente: www.olimpiadadebiologia.edu.es


7. Dirección y Coordinación


Manuel González-Carreró López. Profesor titular del Dpto. de Biología Molecular / Fac. de Medicina e-mail: carrerom@unican.es


Trinidad Pérez Pinto. Profesora de Educación Secundaria e-mail: trinidad.perez@educantabria.es



Puedes descargarte la hoja de inscripción en este enlace


Foto UCM

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