viernes, 29 de mayo de 2015

Ley de ¿Seguridad? ciudadana



Una democracia es un sistema de gobierno en el que la soberanía reside en el pueblo, que es el que elige a los gobernantes, por lo tanto se caracteriza por la presencia de una serie de valores como son la libertad, la igualdad y la tolerancia.


El artículo 104 de la Constitución Española de 1978 garantiza que:

1. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán la misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.

2. Una ley orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad.

Por lo tanto una ley de seguridad ciudadana busca la protección de sus ciudadanos y de los valores democráticos y su objetivo es lograr un equilibrio entre libertad y seguridad.
La Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana de 1992 dividía las infracciones en leves y graves, existiendo la posibilidad de calificar algunas como muy graves.
La Ley aprobado por el Partido Popular, más conocida como Ley “Fernández” (llamada así en referencia al ministro del Interior Jorge Fernández Díaz) o “Ley Mordaza” divide las infracciones en dos grupos: infracciones administrativas e infracciones penales las cuales son más severas ya que el derecho penal es el último nivel del derecho sancionador. Estas últimas se dividen en leves, graves y muy graves. Esto va de la mano de una reforma del Código Penal vigente suprimiendo las faltas que se convertirán en delitos leves o saldrán del ámbito penal transformándose en infracciones administrativas.

Según la nueva ley, entre las infracciones muy graves, se encuentran la perturbación severa de la seguridad ciudadana, la fabricación, reparación, tenencia, comercio o circulación de armas prohibidas o de explosivos no catalogados; la proyección de dispositivos luminosos sobre medios de transporte que puedan provocar accidentes o las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares críticos como las centrales nucleares o los aeropuertos.
Se califican como infracciones graves, entre otras, el ultraje a España, sus Comunidades Autónomas, instituciones o símbolos; el consumo o tenencia de drogas tóxicas; la desobediencia a la autoridad; la negativa a las inspecciones o controles o las manifestaciones públicas o comportamientos que vayan en contra de la seguridad ciudadana como la xenofobia, el terrorismo o la violencia de género.
Se clasificaran como infracciones leves algunas como la realización o incitación a ella de actos que atenten contra la libertad sexual o ejecutar actos de exhibición obscena; las manifestaciones públicas por cualquier medio de difusión que tengan como objetivo injuriar o calumniar a la administración pública o la negativa a entregar la documentación personal cuando se hubiese acordado su retirada o retención.
Dependiendo de la severidad de la infracción las multas oscilan entre los 100 y los 1000 euros para las leves, para las infracciones graves las multas están establecidas entre los 1001 y los 30.000 euros y para las infracciones muy graves las multas están entre los 30.001 y los 600.000 euros. También se amplia de 6 meses a 1 año la caducidad de los expedientes sancionadores.

El Consejo General del Poder Judicial ha denunciado como inconstitucionales varios puntos de la Ley “Fernández” como el establecimiento de controles para permitir la detención de personas por faltas penales o infracciones administrativas; la posibilidad de identificación de personas cuando existan indicios de que hayan cometido una infracción o se sospeche que puedan cometerla o considerar la pérdida reiterada del DNI como infracción leve.
También tacha de “dudosa legalidad” que se deniegue el pasaporte cuando sea necesario en los supuestos de alarma, excepción y sitio y ve “incompleta e imprecisa” la regulación de los cacheos ya que no excluye la práctica de desnudos, siquiera parciales.

Toda Ley de Seguridad Ciudadana busca la protección del libre ejercicio de libertades y derechos y garantizar la seguridad de los ciudadanos mediante un equilibrio entre seguridad y libertad. Y bajo mi punto de vista, la “Ley Fernández” rompe ese equilibrio inclinándose excesivamente por la seguridad y siendo demasiado estricta en algunos aspectos.

Carlos Edilla
Estudiante de bachillerato, Colegio La Paz, Torrelavega (Cantabria)

Imagen ElPaís.

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