Alexander
Kerrigan
Se conoce
por Doctrina Parot la jurisprudencia establecida en base a la sentencia del
Tribunal Supremo de España, el 28 de febrero del 2006, frente a un recurso
presentado por el ETARRA Henri Parot. Se establece en la misma una reducción de
penas por beneficios penitenciarios, aplicándola a cada una de las penas
individualmente y no sobre los treinta años máximos establecidos hasta la
fecha, según el Código Penal de 1973. Significa, puede entenderse, que los autores de los delitos paguen no solo
por el número de delitos cometido sino por el número de muertos ocurridos en el
acto.
El origen
de esta doctrina se encuentra en el proceso a Henri Parot. Era un miembro de la
organización terrorista ETA. Henri Parot nació en Francia exactamente en Argel
en 1956. Henri estaba condenado a 4800 años de cárcel debido a los 82
asesinatos que provocó. La revisión de su condena dio paso a esta
interpretación del Tribunal Supremo En este momento Henri se encuentra en la
prisión salmantina de Topos y convive con 30 presos de la ETA.
Esta
sentencia fue derogada porque La
Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
(TEDH) anulo, la "doctrina Parot", al hacer
pública la sentencia favorable a la presa etarra Inés del Río Prada. Inés del
Río está condenada a 3.828 años de prisión por un total de 24 asesinatos y
atentados. La
Convención Europea de Derechos Humanos confirmó que desde el
3 de julio de 2008 la demandante ha sido objeto de una detención "no
regulada" violando así el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos
Humanos. Tras esto Dean Spielmann dio a conocer que España había violado los
derechos humanos que establecen que “no hay pena sin ley”. Esto significaba que
España debía liberar a la etarra y tenían que indemnizarla con 30.000 euros,
después de todo lo que había hecho. A mí
todo esto no me parece justo ya que muchas familias han sufrido mucho por
perdidas de sus familiares por culpa de esta persona y encima había que
indemnizarla pero como esto es un país integrado en la Unión Europea hay
que respetar la Ley.
En una
decisión sin precedentes por su rapidez, se empiezan a liberar en 24 horas y
siguientes por orden de la Audiencia Nacional , a etarras, violadores y
asesinos que deberían permanecer en prisión según la anterior doctrina. En
total en España se han liberado 69 presos que entre ellos 52 son etarra, 5 son
del GRAPO (que son una organización terrorista española nacida en 1975 y de
extrema izquierda, Su principal objetivo es conseguir que España sea un estado
Socialista) y el resto son violadores, proxenetas y asesinos en serie.
El volumen
de excarcelados ha creado alarma social no solo por su número de 69 hasta el
momento actual, sino por la peligrosidad y falta de arrepentimiento de sus
crímenes. Lo que ha permitido que
etarras, grapos, asesinos, violadores y pederastas, salgan en libertad,
sin otras medidas que garanticen a la ciudadanía que no volverán a repetir
hechos tan terribles.
Reflexión
Final
Con este
trabajo he aprendido mucho entorno a lo que es la ley en el caso de los temas
de la cárcel, también en la historia de cómo se fue poco a poco investigando
cosas provocando la excarcelación de 69 presos de una forma injusta para la
población y también en la dureza de la
ley en cuanto a los temas a tratar ya
que tienen que seguir al pie de la letra la ley aunque luego en un futuro pueda
causar problemas importantes como
atentados terroristas. Este trabajo me ha gustado mucho hacerlo ya que
había mucho que investigar y me ha proporcionado información que yo no conocía.
Imagen
elconfi.de
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Queremos saber tu opinión. Se respetuoso y enriquece a la comunidad